12.- Respecto a la crítica de aplicar retroactivamente las sentencias constitucionales
12.- Respecto a la crítica de aplicar retroactivamente las sentencias constitucionales
- Parte Acusadora: Ministerio Público
- VISTOS: El memorial de apelación de fs
- La Sala Penal, del Tribunal Supremo de Justicia, pronuncia el Auto Supremo Nº 001/2016 de
- Posteriormente se emite el Auto de Supremo Nº 004/2016 de 05 de abril que cursa
- El recurrente en su escrito de fs
- En dicha Constitución no existe una prohibición para aplicar el régimen de la prescripción a
- Cita el art
- Añade que, no existe norma en la Constitución que disponga, que las cartas de implementación
- Manifiesta que el Auto Supremo Nº 001/2015, vulnera el art
- Expone que en materia de derecho internacional sobre el derecho a la prescripción, como derecho
- Por otra parte describe que dentro de la expresión de agravios no se ha considerado
- Acusa que el Auto Supremo Nº 001/2016 en contrario a la obligación internacional de todos
- Expone que el criterio de no aplicar el régimen de la prescripción a los delitos
- Por otra pate sostiene que el caso Suarez Rosero Vs
- Asimismo sostiene que, los precedentes del caso Genie Lacayo vs
- Refiere que si existe una obligación de investigar y sancionar debe considerarse la Convención de
- Por lo que solicita se rechace el recurso de apelación incidental
- El art
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- Al respecto, corresponde señalar que la Constitución, al ser reformada o sustituida por una nueva,
- Como se podrá apreciar, la mencionada Sentencia Constitucional hizo referencia a la prohibición de la
- También se debe señalar, que en cuanto a la aplicación de la normativa convencional que
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- El caso Suarez Rosero vs
- 133, la CIDH, alude al plazo razonable de un proceso de reivindicación de
- Del caso Garibaldi vs
- El caso Radilla Pacheco vs
- El caso Valle Jaramillo y otros vs
- La Observación General N° 32 pronunciada por el Comité de Derechos Humanos de la ONU,
- El caso Cid Gómez vs
- El caso Muñoz Hermosa v
- El apelante confunde los derechos que expone en su recurso sobre este punto, confusión que
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- En el agravio expuesto, cita jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la misma que
- También cita el caso de Ibsen Cárdenas e Ibsen Peña vs
- El caso Familia Pacheco Tineo vs
- El caso Vera Vera y otra vs
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- El caso García Asto y Ramírez Rojas vs
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- Respecto a los casos citados como Ricardo Canese contra Paraguay, en los párrafos 178 a
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- 12.- Respecto a la crítica de aplicar retroactivamente las sentencias constitucionales
- Corresponde señalar que la Sentencia Constitucional Nº 187/2004-R de 9 de febrero, alude declarar la
- Las Sentencias Constitucionales Nº 101/2006-R de 25 de enero y Nº 190/2007-R de 26 de
- Asimismo corresponde señalar que los delitos contenidos en la proposición acusatoria de fs
- En cuanto de haberse ignorado el régimen de la prescripción; corresponde reiterar que el art
- POR TANTO
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
