Auto Supremo AS/0908/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0908/2016

Fecha: 27-Jul-2016

Ahora si bien, tal como refiere el Juez A quo este acto del destechado no

Ahora si bien, tal como refiere el Juez A quo este acto del destechado no puede entenderse como un hecho antijurídico, empero la demandante principal, -como se dijo- al tener conocimiento de la existencia de mercadería, una vez terminada la refacción estaba en la obligación de tomar acciones inmediatas para evitar el daño o perjuicio, sin que ello implique mover las cosas del demandado, sino de evitar que estas se vean afectadas por los factores climatológicos, a fin de eximirse de responsabilidad, al no tomar esas medidas se hace pasible de responsabilidad en parte porque el contrato aún estaba vigente