Compulsando este primer argumento con los datos del expediente, este Tribunal, ha evidenciado a) que
Compulsando este primer argumento con los datos del expediente, este Tribunal, ha evidenciado a) que de fs. 65 a 68 del expediente, si cursa documentación que acredita: que la parte demandada (Pollos Carmen), solicitó a un Juez Instructor en lo Civil y Comercial, que vía orden judicial, instruya que el Restaurante Chifa “Ping” y el Restaurante “Lido Grill”, remitan certificaciones que acredite que el actor habría trabajado en dichos establecimientos; b) estas certificaciones cursan a fs. 65 y 68 del expediente; c) el Auto de Vista, objeto del recurso, a tiempo de referirse a la continuidad laboral del actor, efectivamente hace referencia a las certificaciones de fs. 65 y 68 en los siguientes términos: “…que en el caso el A quo no ha llegado a realizar una compulsa correcta de la prueba aportada pues de la respuesta a la demanda,(…), certificaciones cursantes a fs. 65 y 68… antecedentes que reflejan de forma clara que efectivamente si bien existió un vínculo laboral entre las partes, este no fue continuo…”(textual)
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- Contra esta resolución, la parte demandada, por escrito de fs
- Dentro el plazo previsto por ley, Ángel de Jesús Mitman Rubín de Celis, contra
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- La supuesta planilla de fs
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- Con estos argumentos y fundamentos pide que este Tribunal case el Auto de Vista
- El art
- Coherente con lo manifestado, recordar que la Ley N° 719, dispuso que el Código Procesal
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- Compulsando este primer argumento con los datos del expediente, este Tribunal, ha evidenciado a) que
- La parte actora, por escrito de fs
- En materia laboral, respecto a la valoración de la prueba en general, el art
- Respecto al principio de inmediación, previsto en el art
- Consiguientemente, no es evidente lo argumentado por la parte recurrente, respecto a la vulneración de
- Respecto a la formalidad que debe cumplir la prueba documental, en materia laboral, el art
- Conforme se explicó y fundamentó ampliamente en el cuarto punto de este considerando, la prueba
- Con relación a este punto en concreto, ha constatado este Tribunal que la documentación de
- Teniendo presente lo previsto en el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
