Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0648/2016-RRC
Fecha: 24-Ago-2016
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
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I.1.1. Motivos del recurso de casación
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Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 389/2016-RA de 24 de mayo,
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1) Los recurrentes denuncian que el Auto de Vista vulnera el debido proceso por incorrecta
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2) Denuncian los recurrentes que el Tribunal de alzada vulneró lo dispuesto por los
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I.1.2. Petitorio
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Los recurrentes solicitan se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado y se confirme
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I.2. Admisión del recurso
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Mediante Auto Supremo 389/2016-RA de 24 de mayo, cursante de fs
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II.1. De la Sentencia
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i) Por su insuficiente fundamentación y al ser contradictoria al incurrir en el inc
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ii) Denuncia que la sentencia está basada en hechos inexistentes o no acreditados legalmente y
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iii) Acusa que existe violación del derecho al debido proceso por errónea aplicación de la
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II.3. Del Auto de Vista impugnado
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b) Sobre el segundo motivo apelado, en cuanto a que la sentencia se encontraría basada
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A los fines de resolver el primer motivo de casación, es menester señalar previamente que
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Es así, que en consideración a la exigencia contenida en la Constitución Política del Estado
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Estos requisitos de la fundamentación o motivación, deben ser tomados en cuenta por el Tribunal
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Lo anterior significa, que sólo se estará ante una falta de fundamentación o motivación cuando
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En el presente caso, los recurrentes denuncian que el Auto de Vista vulnera el debido
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Al respecto, se debe tener presente que en la fundamentación probatoria intelectiva de la sentencia,
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Seguidamente, al resolver el motivo tercero de apelación, el Tribunal de alzada declaró parcialmente procedente
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Estos elementos permiten establecer, en primer lugar, que el Tribunal de alzada no ingresó en
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Efectuada esa precisión, se advierte que el Tribunal de alzada respondiendo al tercer motivo de
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Con relación a la impugnación efectuada en casación en el segundo motivo, referido a la
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El Auto Supremo 31 de 26 de enero de 2007, emitido dentro del proceso sobre
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El Auto Supremo 229 de 27 de septiembre de 2012, pronunciado en un proceso por
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El Auto Supremo 172 de 24 de julio de 2012, pronunciado dentro de un proceso
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Ahora bien, en el caso de autos, los recurrentes advierten que el Tribunal de alzada
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Sobre este reclamo se debe partir señalando que en los incs
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Respecto, a los testigos de descargo Luis Alfredo Jucumari, se indicó que su testimonio estaba
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
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