Auto Supremo AS/0927/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0927/2016

Fecha: 03-Ago-2016

Ahora bien con relación a los reclamos de fondo donde el recurrente refiere que en

Ahora bien con relación a los reclamos de fondo donde el recurrente refiere que en el caso de Autos no se constituyen los tres requisitos que hacen procedente a la excepción de cosa juzgada; en razón a dicho reclamo corresponde a continuación analizar uno por uno la concurrencia o no de estos requisitos inmersos en el art. 1319 del Código Civil pues para que dicha excepción sea viable, necesariamente deben existir todos los requisitos, lo que quiere decir que la ausencia de uno de ellos no hace viable dicha excepción