Auto Supremo AS/0927/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0927/2016

Fecha: 03-Ago-2016

Como se podrá advertir, tanto la causa como el motivo en ambos procesos definitivamente no

Como se podrá advertir, tanto la causa como el motivo en ambos procesos definitivamente no son los mismos, y solo en lo que respecta al elemento de sujetos, es que existiría identidad, empero esta sería únicamente en relación a Freddy Augusto Mendoza Guilarte; condiciones que al no coexistir al mismo tiempo, no resulta procedente la excepción de cosa juzgada