Auto Supremo AS/0295/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0295/2016

Fecha: 14-Sep-2016

CONSIDERANDO I

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 295
Sucre, 14 de septiembre de 2016

Expediente : 088/2016-S
Demandante : Guido Lazo Silva
Demandada : Empresa Cinematográfica Monje Campero
Distrito : La Paz
2º Magistrado Relator: Dr. Jorge Isaac von Borries Méndez

VISTOS: Los recursos de casación en la forma y en el fondo de fs. 622 a 626 y en el fondo de fs. 667 a 684 vta., interpuesto por la Empresa Cinematográfica “Monje Campero” S.R.L., representada por Luis Rodolfo Quíntela Valdez y Guido Lazo Silva, correspondientemente, contra el Auto de Vista Nº 144/2015 de 31 de diciembre, cursante a fs. 618 a 620, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso laboral de reincorporación seguido por Guido Lazo Silva contra la Empresa Cinematográfica “Monje Camero” S.R.L.; el Auto Nº 48-A de 4 de abril de 2016 de fs. 699, que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.1. Antecedentes del proceso
I.1.1. Sentencia
Que tramitado el proceso laboral de reincorporación, el Juez Séptimo de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la Sentencia Nº 290/2013 de 6 de noviembre, cursante de fs. 423 a 433, que declaró probada en parte la demanda de fs. 14 a 15, sin costas