Auto Supremo AS/0295/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0295/2016

Fecha: 14-Sep-2016

El recurrente apoya el fundamento de su recurso de casación en la forma porque no

El recurrente apoya el fundamento de su recurso de casación en la forma porque no se valoró su prueba y cita expresamente los arts. 90 y 236 del Código de Procedimiento Civil; sin embargo en los siete apartados que exige este artículo para su procedencia, no se encuentra el de la valoración de prueba. Por tanto, no cumple con el mandato contenido en el art. 258-2) del Código de Procedimiento en vista de que no cita las disposiciones legales sobre las cuales hubiese fallado el Tribunal Ad-quem, si las infringió, si se hubiese violado la ley o leyes o aplicadas falsa o erróneamente y además no especifica en qué consiste la violación, falsedad o error de normas contenidas en el Auto de Vista. Y porque finalmente el Recurso de Casación sea en el Fondo o en la Forma, no constituye una instancia más dentro de un proceso que tenga que ver con alegatos, valoración de la prueba, toda vez que este Recurso se constituye en un proceso nuevo de puro derecho en lo que sólo atañe ver si hubo o no infracción de normas contenidas necesariamente en el Auto de Vista recurrido. Además, la valoración de la prueba es facultad privativa de los jueces de instancia y es incensurable en casación