a) La Sala Social y Administrativa Primera, respecto al agravio identificado en el memorial de
I.2.2. Respecto al Recurso de Casación formulado por Peter Jorge Flor Sainz, en representación de “Alexander Palace Hotel”. Manifiesta que:
a) La Sala Social y Administrativa Primera, respecto al agravio identificado en el memorial de apelación, concluyó que no se aportó documento o recibo que de forma veraz demuestre que el actor efectivamente fue satisfecho en sus derechos laborales; al respecto señaló en apelación, que la prueba de fs. 1, si bien certifica una relación laboral con el demandante, también acredita que no existe deuda salarial o beneficio alguno pendiente, extremo que debió ser explicado y motivado por el juez de primera instancia, y que fue motivo de reclamo en apelación, sin embargo, el tribunal de alzada, no analizó si la argumentación efectuada por el a quo, tenía una motivación expresa, clara, completa y sobre todo emitida con arreglo a las normas de la sana crítica, lógica y de igualdad de partes, omitiendo pronunciarse sobre el agravio señalado e incurriendo en incongruencia omisiva en la fundamentación de la resolución de alzada. Al respecto, cita como precedente jurisprudencial, el Auto Supremo Nº 214 de 28 de marzo de 2007
a) La Sala Social y Administrativa Primera, respecto al agravio identificado en el memorial de apelación, concluyó que no se aportó documento o recibo que de forma veraz demuestre que el actor efectivamente fue satisfecho en sus derechos laborales; al respecto señaló en apelación, que la prueba de fs. 1, si bien certifica una relación laboral con el demandante, también acredita que no existe deuda salarial o beneficio alguno pendiente, extremo que debió ser explicado y motivado por el juez de primera instancia, y que fue motivo de reclamo en apelación, sin embargo, el tribunal de alzada, no analizó si la argumentación efectuada por el a quo, tenía una motivación expresa, clara, completa y sobre todo emitida con arreglo a las normas de la sana crítica, lógica y de igualdad de partes, omitiendo pronunciarse sobre el agravio señalado e incurriendo en incongruencia omisiva en la fundamentación de la resolución de alzada. Al respecto, cita como precedente jurisprudencial, el Auto Supremo Nº 214 de 28 de marzo de 2007
- Una vez tramitado el proceso, la Juez 1º de Trabajo y Seguridad Social de la
- En cumplimiento de la referida resolución, la Juez 1º de Trabajo y Seguridad Social de
- I.2 Motivos de los Recursos de Casación
- c) Manifiesta que corresponde el pago doble del aguinaldo, tal como manda el D
- Finalmente señala que habiéndose vulnerado los principios procesales del trabajo e incurrido en errónea interpretación
- a) La Sala Social y Administrativa Primera, respecto al agravio identificado en el memorial de
- Sobre el particular señala que el tribunal de alzada tampoco respondió de manera concreta al
- Por lo expuesto, solicita al Tribunal Supremo de Justicia, anule el Auto de Vista N|
- II.1.1. En cuanto al Recurso de Casación deducido por Alfredo Quispe Vilela
- Asimismo es oportuno señalar que, el art
- En el caso de autos, el tribunal de alzada ante la advertencia de que la
- Sobre el particular es pertinente referirnos a lo razonado por el tribunal de apelación en
- Ahora bien, si tal como señala el tribunal de alzada, se aceptaría como prueba el
- Al respecto, y conforme a la jurisprudencia sentada por este Tribunal, tanto en los procesos
- Por otra parte, el demandante refiere que el juzgador, para determinar el sueldo promedio indemnizable,
- II
- En ese entendido, remontándonos al Recurso de Apelación, se evidencia que el recurrente hizo reclamó
- Sobre el particular, el Auto de Vista impugnado, señaló que: “…la recurrente afirma haber cumplido
- Ahora bien, el recurrente en el Recurso Casación expresa conclusiones basadas en su propia lógica,
- En ese orden de ideas, es correcta la respuesta del tribunal de alzada al señalar
- En mérito a lo fundamentado, este Tribunal considera que, la decisión del tribunal de apelación,
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
