Auto Supremo AS/0283/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0283/2017

Fecha: 16-Oct-2017

Por otra parte, el demandante refiere que el juzgador, para determinar el sueldo promedio indemnizable,

Por otra parte, el demandante refiere que el juzgador, para determinar el sueldo promedio indemnizable, debió regirse por el principio indubio pro operario, que expresa la regla de aplicación de la norma más favorable y la condición más beneficiosa a favor del trabajador. Al respecto, es oportuno aclarar que si bien el principio in dubio pro operario traducido como "ante la duda, a favor del operario o trabajador", que en efecto se aplica a favor del trabajador, claramente señala “ante la duda”, no es aplicable al caso presente, pues el Auto de Vista no demuestra la existencia de dudas en el proceso, al contrario, la prueba aportada y su relación con los hechos, generó convencimiento sobre cómo ocurrieron los mismos. Asimismo, si bien en el derecho laboral, por su naturaleza protectiva a favor del trabajador, debe aplicarse el criterio de la igualdad entre partes, que permitan un razonable equilibrio, notoriamente desigual, dada por la diferencia económica y social existente entre el empleador y el trabajador, tampoco debe perderse de vista que la aplicación de dicho principio debe ser relativo y racional, evitando un absolutismo que pueda dar lugar a la vulneración de los derechos procesales y sustantivos del empleador y menos de soslayar la adecuada apreciación de las pruebas aportadas, debiendo ponderarse la verdad de lo probado y por lo tanto lograr la verdad material, llegando de este modo a un razonable criterio