Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0832/2017-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0832/2017-RRC

    Fecha: 30-Oct-2017

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 24 de marzo de 2017, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • a)Por Sentencia 59/2016 de 4 de octubre (fs
    • b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado Giannino Favian Miranda Cavero (fs
    • Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 440/2017-RA de 9 de junio,
    • Arguye que el Auto de Vista impugnado, incurrió en infracción directa a tiempo de realizar
    • I.1.2. Petitorio
    • I.2. Admisión del recurso
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
    • Por Sentencia 59/2016 de 4 de octubre, el Tribunal Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental
    • b)En el caso concreto, se probó que la víctima es una niña que en el
    • II.2. De la apelación restringida
    • 3)La incorporación de la prueba MP-3 recibida al inicio de la etapa investigativa por la
    • 4)El Tribunal se Sentencia, no realizó la actividad de tipicidad, no explicó qué es un
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, resolvió el recurso de
    • III.1. Fundamentación y motivación de los fallos
    • Por mandato de lo preceptuado por el art
    • En ese orden, el Auto Supremo 248/2012-RRC de 10 de octubre, determinó la siguiente doctrina
    • Asimismo, los Autos Supremos 342 de 28 de agosto de 2006, 207 de 28 de
    • La obligación de fundamentar las resoluciones es extensible a los tribunales de alzada, los que
    • actividades ajustadas al cumplimiento del núcleo esencial o duro del debido proceso en su triple
    • III.2. Protección legal de los Niños, Niñas y Adolescentes
    • Sobre el particular, es preciso traer a colación lo señalado por el Tribunal Constitucional
    • En la normativa interna el art
    • A estas alturas del análisis, resulta de utilidad revisar el art
    • El tercer parágrafo dispone que una vez: “Conocida la denuncia, ésta deberá ser remitida de
    • En cuanto a las obligaciones normadas por el art
    • III.3.Análisis del caso concreto
    • De los incs
    • Denuncias a las cuáles, el Auto de Vista respondió de la siguiente manera
    • vii)En la presente causa, verificados los hechos a la luz de la prueba, el Tribunal
    • De lo referido, es posible verificar que en el ilícito penal que dio lugar a
    • En ese orden, se verifica que los reclamos contenidos en los dos incs
    • legal de la niña y la reclamada atinente al acta de la entrevista psicológica realizada
    • Por lo tanto, su incorporación a juicio, no solamente resulta ser legal, sino también necesaria;
    • En ese criterio, resulta imprescindible realizar una ponderación de los bienes que en este caso
    • En el particular tema hoy examinado, la dignidad humana ingresa como el núcleo de la
    • Aplicado al caso dicho principio se debe entender que la víctima de un delito de
    • ii)En la presente causa, verificados los hechos a la luz de la prueba, el Tribunal
    • A más de ello, en el último inciso se procede a demandar directamente sobre aspectos
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca