Auto Supremo AS/0832/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0832/2017-RRC

Fecha: 30-Oct-2017

4)El Tribunal se Sentencia, no realizó la actividad de tipicidad, no explicó qué es un


4)El Tribunal se Sentencia, no realizó la actividad de tipicidad, no explicó qué es un acto sexual o como se produjo para despertar apetito sexual, pues resulta inconcebible legalmente y hasta denigrante, que en base a la coartada de un presunto e imaginario colocado de crema en la colita de la supuesta víctima (hecho no demostrado), sea considerado por el Tribunal de Sentencia como un acto sexual indebido e inclusive capaz de despertar apetito sexual en una persona y como corolario, sea tenido como prueba suficiente o plena que demuestre los elementos constitutivos del delito, previsto y sancionado por el art. 312 del CP. No se señala cual el encaje legal o la subsunción de su presunta conducta con el delito atribuido, no existe juicio alguno respecto de la antijuricidad de la acción