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    Auto Supremo AS/1037/2017
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1037/2017

    Fecha: 04-Oct-2017

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    • otro
    • Distrito: Chuquisaca
    • I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • B)
    • C)
    • D)
    • Respuesta al Recurso de Casación
    • El demandante refiere que a los recurrentes les correspondía acusar la violación de las normas
    • En el fondo, señal que los recurrentes olvidarían que formularon una demanda reconvencional sobre
    • III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
    • Este Supremo Tribunal de Justicia a través de sus diversos fallos (Autos Supremos Nros
    • La Jurisprudencia Constitucional ha desarrollado asimismo el principio de congruencia en la Sentencia Constitucional Nº
    • Es de importancia considerar que el principio de congruencia procesal, si bien pondera el derecho
    • En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia,
    • De donde se tiene que el Juez no puede simple y llanamente aplicar la nulidad,
    • III.2.- De los Principios que Rigen las Nulidades Procesales
    • La Ley Nº 025 con el fin de dar continuidad al proceso incorporó un nuevo
    • Por otra parte, el art. 17 del mismo cuerpo normativo establece
    • Al respecto, este Supremo Tribunal de Justicia en su diversos fallos, entre ellos el Auto
    • Principio de Convalidación
    • Principio de preclusión
    • Principios y disposiciones legales marcan el límite de la actuación de los Jueces vocales y
    • III.3.- De la anotación preventiva
    • Antes regulado en el art
    • El autor Alejandro Cardona Herrera en su obra El Proceso Cautelar en el Código Procesal
    • III.4.- De la Valoración de la Prueba
    • Así también, Víctor De Santo, en su obra “La Prueba Judicial” (Teoría y Práctica), indica:
    • El principio de comunidad de la prueba es: “La prueba no pertenece a quien la
    • En este marco y en relación a lo dispuesto por el art
    • IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • Al respecto corresponde precisar que del análisis del recurso de apelación en contrastación con
    • En cuanto a que las excepciones perentorias habrían sido planteadas como medios de defensa, al
    • Al respecto corresponde precisar que si bien el Tribunal de Alzada en su análisis
    • Fondo
    • A)
    • En este antecedente, es preciso mencionar que si bien la parte recurrente cuestiona que
    • Al respecto corresponde precisar que conforme ya se expuso en el punto precedente, no resulta
    • Por otra parte en cuanto a que el Ad quem señalaría que no se tienen
    • En cuanto a que la prueba testifical sería la única para demostrar actos perturbatorios, y
    • Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala el art
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán.

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