Auto Supremo AS/1037/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1037/2017

Fecha: 04-Oct-2017

Al respecto corresponde precisar que del análisis del recurso de apelación en contrastación con

Al respecto corresponde precisar que del análisis del recurso de apelación en contrastación con el Auto de Vista recurrido se tiene que el Tribunal de Alzada ingreso a realizar el análisis de fondo de la causa en razón a los reclamos de fondo contenidos el memorial de apelación de fs. 276 a 279, referentes a la supuesta vulneración del derecho constitucional de vivienda del recurrente de apelación, la incorrecta valoración de la prueba y la falta de valoración probatoria, reclamos que se encuentran ampliamente desarrollados de manera general en el recurso de apelación contra la resolución de primera instancia; en tal entendido, y toda vez que las excepciones perentorias a las que hace referencia el recurrente, contienen fundamentos que atacan el fondo de la pretensión planteada en la demanda, cual si se tratase de una respuesta al demanda, por lógica consecuencia se tiene que al ingresar a realizar el análisis de fondo el Tribunal Ad quem, y acoger la pretensión incoada por la parte actora, dicho razonamiento implica que los fundamentos respecto a las excepciones perentorias, son rechazadas, pues sería ilógico revocar la decisión de fondo manteniendo las excepciones perentorias, que atacan el fondo de la pretensión de cierre o amurallamiento de lote de terreno, por lo que la decisión de revocar y declarar improbadas las excepciones perentorias que extraña el recurrente, por lógica consecuencia son el resultado de la revocatoria de la decisión de fondo por parte del Tribunal de Alzada, aspecto que no implica que se haya actuado ultra petita (pues no se acomoda a los casos de incongruencia desarrollados en el punto III.1 de la doctrina aplicable), o se haya realizado un análisis oficioso en la resolución de alzada respecto a las excepciones perentorias, no siendo evidente la incongruencia acusada en este punto