Auto Supremo AS/1067/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1067/2017

Fecha: 05-Oct-2017

Complementario de la Caja Petrolera de Salud provenían de un fondo especial generados con aportes

Por otro lado considera que el recurso de casación interpuesto carecería de fundamentos facticos y jurídicos en el entendido de que se hace alusión al art. 339 de la Constitución Política del Estado, referida a los bienes de patrimonio del Estado, pretendiendo forzar la retroactividad de dicha disposición y desconocer que los Fondos Complementarios desde sus nacimiento habrían sido constituidos como entidades privados y que los préstamos hipotecarios otorgados por el Fondo
Complementario de la Caja Petrolera de Salud provenían de un fondo especial generados con aportes voluntarios y de carácter extraordinario que no corresponden ser bienes del Estado