Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0103/2017
Fecha: 03-Feb-2017
Distrito: La Paz
Distrito: La Paz
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Partes: Honorio Quispe Palli c/ Eleuterio Mamani Choque y Juana Copa de Ortiz
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Proceso: Mejor derecho de propiedad, reivindicación y restitución de inmueble
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Distrito: La Paz
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I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
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En la forma
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En el fondo
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De la Respuesta al Recurso de Casación
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Refiere el demandante en la contestación al recurso de casación que la pretensión del demandado
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Respecto al contenido del recurso de casación se establece claramente el ánimo de dilatar nuevamente
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Por lo demás la prueba ha sido valorada correctamente por los jueces de instancia, con
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III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
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Este Supremo Tribunal de Justicia a través de sus diversos fallos (Autos Supremos Nros
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La Jurisprudencia Constitucional ha desarrollado asimismo el principio de congruencia en la Sentencia Constitucional Nº
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III.2.- De las nulidades Procesales
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Por otra parte en el Auto Supremo Nº 223/2013 de 06 de mayo, se hizo
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Por otra parte, la jurisprudencia constitucional en sus reiterados también se ha referido al tema
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En concordancia con éste último principio se tiene a la impugnación tardía de las nulidades,
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Supuestos relacionados con el principio de preclusión, entendido como la clausura definitiva de cada una
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El criterio jurisprudencial que fue reiterado en la SCP Nº 0876/2012 de 20 de agosto,
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La amplia gama jurisprudencial por su carácter vinculante de las sentencias constitucionales y orientador en
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III
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Sobre el punto en cuestión, en el AS Nº 237/2016 se ha expresado que: “este
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III.4.- Del principio dispositivo
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Concordante con lo expuesto, este Tribunal emitió entre otros, el Auto Supremo Nº 516/2014 de
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En ese sentido, puede decirse que el principio dispositivo está integrado esencialmente por los siguientes
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III.5.- De la reivindicación
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III.6.- De la pérdida de competencia
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Sobre el tema en el Auto Supremo Nº 336/2013 de fecha 5 de julio
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La subordinación de las reglas a los valores y principios constitucionales supone la nota característica
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Esta transformación no debe entenderse como una supresión del principio de legalidad, sino como
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Esto quiere decir que, en el ámbito jurisdiccional, los Jueces ya no se constituyen en
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En nuestro Estado, la entrada en vigencia de una nueva Constitución marcó la necesidad
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En tanto esa modificación y adecuación opere, los actuales Códigos mantienen su vigencia, pero en
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Establecido lo anterior diremos que la pérdida de competencia del Juez de primera instancia, prevista
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En ese sentido diremos que, el art
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En ese mismo contexto, el art
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Como podemos advertir, la actual Constitución Política del Estado al referirse a la potestad de
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El referido principio de celeridad, comprende el ejercicio oportuno y sin dilaciones en la
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Precisamente en atención del principio de celeridad, que orienta la realización de la garantía constitucional
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De lo manifestado podemos concluir que la sanción por el incumplimiento de los plazos generará
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La sanción por el incumplimiento de los plazos procesales en la emisión de las resoluciones
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En ese contexto debemos interpretar el art
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IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
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Al respecto diremos que conforme la doctrina aplicable en el punto III
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Respecto a la declaratoria de Herederos la misma que acusa que no habría sido inscrita,
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Al respecto diremos que conforme lo expusimos en la doctrina aplicable en el punto III
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Con relación al reclamo diremos que en el presente proceso se produjo varias nulidades habiéndose
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Al margen de lo señalado como ya lo manifestamos en la doctrina aplicable en el
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Con relación a lo denunciado diremos que de la revisión del Auto de Vista, cursante
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Sobre el registro del título del demandante, el mismo que fue registrado, por Derechos
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Sobre el hecho que la Escritura Pública del demandante contendría borrones y no existirían cédulas
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Respecto al hecho de que el recurrente vive en el inmueble 34 años, con justo
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De la transcripción realizada se evidencia que el Tribunal Ad quem si se pronunció respecto
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Con relación al último punto observado por el recurrente respecto a la cláusula segunda del
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Sobre los reclamos acusados debemos referir que los mismos se refieren a la Sentencia y
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Sobre el reclamo que la Sentencia habría sido dictada en forma extemporánea y sin competencia
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Sobre lo acusado diremos que la reivindicación es un instituto jurídico que está reservada al
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Por lo que corresponde a este Tribunal emitir resolución conforme lo establece el art
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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Se regula honorario profesional en la suma de Bs. 1000
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán.
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