Auto Supremo AS/0210/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0210/2017-RRC

Fecha: 21-Mar-2017

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art


Por los fundamentos expuestos, ante la vulneración del principio de vinculatoriedad de los fallos judiciales; puesto que, el Auto de Vista ahora recurrido incumplió la doctrina legal aplicable del Auto Supremo 331/2016-RRC de 21 de abril (dictado en el caso de autos), donde se le especificó cumplir con su deber de control de la valoración probatoria en observancia del art. 124 del CPP; también, se tiene que incurrió en contradicción con el Auto Supremo 104/2015-RRC de 12 de febrero; toda vez, que para que se emita una sentencia condenatoria, no se requiere un número de pruebas para demostrar la culpabilidad del acusado, sino que se puede crear convicción a través de una sola prueba, aspecto que se dio en el caso de autos cuando el propio Tribunal de apelación constató que se encontraron residuos de sustancias controladas vinculadas a la probable existencia del hecho delictivo, atribuidos por una declaración testifical; no obstante, al no tener otro respaldo dio por bien hecho la absolución del imputado, aspecto por el que corresponde dejar sin efecto la Resolución ahora recurrida, a fin de que el Tribunal de apelación dicte nuevo Auto de Vista en observancia de los razonamientos asumidos en el Auto Supremo 331/2016-RRC de 21 de abril, situación por el que este recurso deviene en fundado.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 419 del CPP, DEJA SIN EFECTO el Auto de Vista 259/2016 de 15 de agosto y determina que la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, sin espera de turno y previo sorteo, dicte nuevo fallo conforme a la doctrina legal establecida. Para fines del art. 420 del CPP, remítase fotocopias legalizadas del presente Auto Supremo a todos los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, para que por intermedio de sus Presidentes hagan conocer la presente Resolución, a los Tribunales y Jueces en materia Penal de su jurisdicción