Auto Supremo AS/0254/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0254/2017

Fecha: 17-Abr-2017

El 17 de agosto del mismo año, el Fiscal amplió imputación formal contra Juan Carlos


El 17 de agosto del mismo año, el Fiscal amplió imputación formal contra Juan Carlos Soto Serrano, a setenta días de la imputación inicial, actuación que considera dilatoria del Ministerio Público; por cuanto, en ese tiempo no se generó ninguna otra prueba que amerite la ampliación, realizándose la audiencia de declaratoria de rebeldía el 3 de noviembre de 2010 (fs. 66), las publicaciones edictales y el 13 de enero de 2012, recién se realizó al audiencia conclusiva; es decir, 1 (un) año y 8 (ocho) meses de investigación, seis veces más de lo que la ley permite. El Ministerio Público, pudo acusar antes de dicha fecha, pues se encontraba privado del libertad desde el primer momento, las pruebas fueron encontradas en el lugar de los hechos, desde el primer momento se recabaron apenas doce declaraciones informativas de los que en su momento fueron testigos, se recabaron apenas diez pruebas documentales, irrisoriamente, dentro los dos primeros meses y el muestrario fotográfico dentro de los once meses siguientes y en 2 DVD’s de la boda y bautizo que se entregaron de inmediato; en consecuencia, aún con la existencia supuesta de una víctima, un delito, tres imputados, dos de los cuales fueron aprehendidos en el día de los hechos, los mismos se investigaron sin objetividad, ni celeridad, pues pese a la gravedad del delito, el caso no fue complejo de investigar, ni requería más que una actividad mínima probatoria pues nunca negaron los hechos e incluso hubo grabaciones de video, testigos presenciales, lo que facilitó la investigación y dio al Tribunal una certeza de los hechos, por lo que culmina sosteniendo que no existe ninguna complejidad en la investigación ni por el número de víctimas, ni por la calidad de investigación