Auto Supremo AS/0516/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0516/2017

Fecha: 17-May-2017

En la foja 6 se señala que al no existir un valor en la sentencia

En la foja 6 se señala que al no existir un valor en la sentencia en cuanto a la pretensión interpuesta en su demanda (entendiendo que refiere a la reconvención) y las pruebas adjuntadas no han sido debidamente valoradas por el Tribunal de apelación, y sobre la acusación de que la Sentencia de primera instancia debe ser congruente; corresponde señalar que una vez emitida la Sentencia de fs. 377 a 379 vta., el recurrente no interpuso recurso de apelación en contra de la Sentencia que declaró improbada su pretensión reconvencional, por lo que sobre el contenido de la pretensión reconvencional y los elementos de prueba sobre la misma se encuentran caducados, esto en consideración a que debieron ser impugnados en su debida oportunidad mediante recurso de apelación, aspecto que no consta, por ello no se puede resolver dicho reclamo en consideración que de hacerlos se estuviera resolviendo en “per saltum”, esto es pasar por alto el sistema recursivo vertical que rige el proceso civil, pues para recurrir de casación debió de impugnarse la decisión de la Sentencia alegando fundamento sobre la pretensión reconvencional