II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN:
En la forma.-
Acusa que vulneración a los principios constitucionales del derecho a la defensa, al debido proceso y justo proceso, a la igualdad y seguridad jurídica y una tutela efectiva del proceso, enmarcado en los arts. 115, 117, 119 y 120 de la Constitución Política del Estado; asimismo acusa infracción de los arts. 190, 191, 192, 90, 91, 87, 397, 252, 254.4) y 7 del Código de Procedimiento Civil y 1286 del Código Civil, art. 17.I de la Ley del Órgano Judicial, describiendo que los jueces están obligados por conciencia a hacer justicia, que debe primar la equidad, refiere que la sentencia pone fin al litigio en primer grado, asimismo describe que se debe cumplir con los requisitos formales de exhaustividad, coherencia y congruencia, refiriendo que al no existir un valor de la sentencia respeto a su pretensión y las pruebas ajuntadas, que no han sido debidamente valoradas, quien refirió que existe ilicitud en el contrato, señala que el Tribunal está sujeto al deber de congruencia, cita el art. 252 del Código de Procedimiento Civil, relativo a la nulidad de oficio, permite declarar la nulidad, ante inobservancia de disposiciones de carácter obligatorio como la constitución de presupuestos procesales fundamentales de la Litis o del desarrollo efectivo del proceso; refiere a los arts. 3.3 y 91 del Código de Procedimiento Civil y que el Tribunal de segunda instancia no tuvo en cuenta lo descrito en las citadas disposiciones citadas, finaliza citando los arts. 1.3 y 90 del referido Código de la materia
En la forma.-
Acusa que vulneración a los principios constitucionales del derecho a la defensa, al debido proceso y justo proceso, a la igualdad y seguridad jurídica y una tutela efectiva del proceso, enmarcado en los arts. 115, 117, 119 y 120 de la Constitución Política del Estado; asimismo acusa infracción de los arts. 190, 191, 192, 90, 91, 87, 397, 252, 254.4) y 7 del Código de Procedimiento Civil y 1286 del Código Civil, art. 17.I de la Ley del Órgano Judicial, describiendo que los jueces están obligados por conciencia a hacer justicia, que debe primar la equidad, refiere que la sentencia pone fin al litigio en primer grado, asimismo describe que se debe cumplir con los requisitos formales de exhaustividad, coherencia y congruencia, refiriendo que al no existir un valor de la sentencia respeto a su pretensión y las pruebas ajuntadas, que no han sido debidamente valoradas, quien refirió que existe ilicitud en el contrato, señala que el Tribunal está sujeto al deber de congruencia, cita el art. 252 del Código de Procedimiento Civil, relativo a la nulidad de oficio, permite declarar la nulidad, ante inobservancia de disposiciones de carácter obligatorio como la constitución de presupuestos procesales fundamentales de la Litis o del desarrollo efectivo del proceso; refiere a los arts. 3.3 y 91 del Código de Procedimiento Civil y que el Tribunal de segunda instancia no tuvo en cuenta lo descrito en las citadas disposiciones citadas, finaliza citando los arts. 1.3 y 90 del referido Código de la materia
- Expediente: SC – 74 – 16 – S
- Distrito: Santa Cruz
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Apelada la resolución de primera instancia, se emite el Auto de Vista de fs
- II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Refiere revisar de forma minuciosa y si revisten congruencia y coherencia, si las escrituras de
- Cita los puntos 1, 2, 3, 4 y 5 del II considerando de la Sentencia,
- Refiere que cedió el arrendamiento el inmueble objeto de Litis, empero FARMACORP S
- Acusa que en fecha 17 de diciembre de 2013 procedió a la venta del inmueble
- Refiere que la demanda es contradictoria ya que primero interpone la acción de nulidad y
- Por lo que solicita que se anule obrados hasta el vicio más antiguo o se
- La entidad actora contesta el recurso en escrito de fs
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Principio de finalidad del acto
- Principio de Conservación
- Principio de Convalidación
- Principio de preclusión
- En el Auto Supremo Nº 518/2014 de 08 de septiembre, se ha desarrollado orientación sobre
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En la foja 6 se señala que al no existir un valor en la sentencia
- Respecto a que el Tribunal de alzada hubiera emitido su decisión en base a la
- Sobre la descripción del art
- 1
- Por otra parte corresponde señalar que el Tribunal de apelación en atención a la misma
- Por lo que, sobre lo expuesto y tomando en cuenta que la pretensión es de
- 2
- 4
- En cuanto a la contestación al recurso de casación de fs
- Habiendo acogido las observaciones del recurrente, se tiene que se ha considerado sobre el carácter
- Por lo expuesto corresponde, emitir resolución en la forma prevista en el art
- Sin responsabilidad por ser excusable el error incurrido
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Relator: Mgdo: Dr. Rómulo Calle Mamani.
