Auto Supremo AS/0516/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0516/2017

Fecha: 17-May-2017

Refiere revisar de forma minuciosa y si revisten congruencia y coherencia, si las escrituras de

En el fondo.-
Refiere revisar de forma minuciosa y si revisten congruencia y coherencia, si las escrituras de fs. 60 a 66, sobre la Escritura Pública de compra venta, suscrito de buena fe y con el consentimiento de ambas partes, sin haber violentado normativa de los requisitos de formación de contrato, cita los arts. 452 y 485 del Código Civil y describe que la falta de alguno de los requisitos se encuentra sancionado por el art. 549 de mismo cuerpo legal, enfatizando en el numeral 2 de dicho articulado, señalando que la operación jurídica que las partes quieren celebrar puede llegar a ser lícita, conforme al ordenamiento jurídico o contrario a él, describe el contrato ilegal o contrario a normas imperativas, el contrato prohibido o contrario al orden público y el contrato inmoral o contrario a la buenas costumbres, describe que no ha existido violación del orden público, no se halla sometida a la violación de nuestro texto legal en particular, el concepto de orden público es mutable y hoy en día alcanza no solo a lo político sino a lo social y económico, también alcanza a lo jurídico, señala que las buenas costumbres vuelve moral el contrato