Auto Supremo AS/0766/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0766/2017

Fecha: 21-Jul-2017

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9.- Sobre la acusación relativa a que el poder objeto del proceso se encuentra sometido a arbitraje; corresponde señalar que la misma fue observada mediante excepción sin embargo de ello, de la revisión del acta de conciliación de fs. 88 se tiene que la cláusula cuarta cuyo nomen iuris señala cláusula arbitral, que confunde el contenido del acta que resulta ser de conciliación y cuyo contenido de dicha cláusula señala que las diferencias en cuanto a dicho contrato y a su ejecución serán resueltas en la vía de la conciliación, no existiendo cláusula de arbitraje, al margen de ello en la suscripción del contrato de mandato que cursa de fs. 3 a 5 vta., no se describe que los términos e instrucciones descritas en el mandato estuvieran sujetas a arbitraje, documento en el cual debía constar que la forma de solución de controversias del contrato de mandato estuvieran sujetas a arbitraje, aspecto que no consta en dicho documento de fs. 3 a 5 vta., por lo que sobre este punto la acusación también resulta ser infundada