Auto Supremo AS/0784/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0784/2017

Fecha: 25-Jul-2017

También refiere que, el Tribunal de Alzada incurrió en congruencia y contradicción entre la parte

Sostiene que el daño a la imagen empresarial fijado como punto Nº 8 en el Auto de relación procesal, se encontraría probado con la prueba documental, testifical, inspección y pericial, y el monto descrito en la sentencia guarda relación con los montos de los volúmenes de compras anuales en Bolivia por la importaciones de los productos conforme a las cifras proporcionadas por los máximos ejecutivos AGFA GEVAERT.
También refiere que, el Tribunal de Alzada incurrió en congruencia y contradicción entre la parte considerativa y la dispositiva en relación a la determinación de intereses legales, difiriendo su consideración y tratamiento para ejecución de sentencia, en la que acusa infracción del art. 236 del Código de Procedimiento Civil en razón de no haberse circunscrito a la apelación del recurrente