Auto Supremo AS/0220/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0220/2017

Fecha: 11-Ago-2017

Queda claro que, en la causa no estaba en cuestionamiento la ejecución tributaria realizada por

Queda claro que, en la causa no estaba en cuestionamiento la ejecución tributaria realizada por el Servicio de Impuestos Nacionales, ni las causales de suspensión u oposición a la ejecución tributaria, de manera que inapropiadamente refiere en su fallo al respecto el Tribunal de alzada, en el punto 6 del considerando segundo, ello a efectos de señalar que tanto en la Ley Nº 1340 como en la Ley Nº 2492, no puede paralizarse la ejecución tributaria con la interposición de ningún Recurso Ordinario o Extraordinario; de manera que no constituye argumento válido para negar la admisión de la rectificatoria solicitada por el contribuyente la existencia de autos de conclusión de trámite de ejecución tributaria