Auto Supremo AS/0620/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0620/2017-RRC

Fecha: 23-Ago-2017

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art


En consecuencia, al haberse evidenciado el sentido jurídico contrario que expresa la Resolución de alzada con los precedentes invocados, es atendible y legítima la reclamación expresada por la recurrente de casación, que deriva en situaciones defectuosas insubsanables que deben ser enmendadas en el nuevo Auto de Vista a emitirse, de manera que las resoluciones de los Tribunales de alzada, estén adecuados a la doctrina legal imperante y los entendimientos normativos y jurisprudenciales glosados, motivo por el que el recurso vinculado a los defectos advertidos, deviene en fundado.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 419 del CPP, declara FUNDADO el recurso de casación interpuesto por Yovanna Delia Ríos Medina en representación legal de la Agencia Estatal de Vivienda -AEVIVIENDA-; y, en aplicación del art. 419 del CPP, DEJA SIN EFECTO el Auto de Vista 79 de 30 de septiembre de 2016, disponiendo que la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, previo sorteo y sin espera de turno, pronuncie nuevo Auto de Vista, en conformidad a la doctrina legal establecida en la presente Resolución