Auto Supremo AS/0843/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0843/2017

Fecha: 16-Ago-2017

II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN

Apelada la resolución de primera instancia se pronuncia el Auto de Vista de fs. 415 a 417 vta., que confirma la Resolución Nº 340/2011 de fs. 178 a 179 y la Sentencia de fs. 243 a 245; describe el antecedente fáctico del proceso y la decisión adoptada por el Juez de primera instancia para señalar que el Juez ha examinado las pruebas abonadas por ambas partes obteniendo la convicción del aspecto respaldatorio de la causa petendi, la demostración del vínculo matrimonial de los consortes Viscarra/Gonzales, a tiempo de celebrarse el contrato de mutuo suscrito entre Rafael Viscarra y la Mutual La Primera, conllevando los efectos y presunciones legales respecto al patrimonio de aquel asimismo describe que la prueba tiene la finalidad de construir el juicio partiendo de la convicción y lógica jurídica conforme al art. 397 del Código de Procedimiento Civil; asimismo sostiene que la excepción de cosa juzgada ha tomado en cuenta tres elementos que describe el art. 1319 del Código civil entre ellas la causa petendi refiriendo que la tercería de dominio excluyente ante el Juzgado de Partido Quinto en lo civil ha sido introducida en un proceso de ejecución, aspecto discordante del presente proceso.
II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN:
En la forma.-
Acusa el segundo considerando del Auto de Vista y el Auto de fs. “845” ha vulnerado el art. 265.I de la Ley Nº 439, refiriendo que en su recurso de apelación en los numerales 1.1. y 1.2 expresó el agravio del art. 90 del Código de Procedimiento Civil, describe que la excepción de cosa juzgada fue planteada en la contestación a la demanda como excepción perentoria y debía ser resuelta en sentencia empero fue resuelta como previa, sobre dicho agravio el Auto de Vista no indica nada al respecto