Auto Supremo AS/0843/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0843/2017

Fecha: 16-Ago-2017

Sobre la acusación de violación y aplicación indebida de los arts

Sobre la acusación de violación y aplicación indebida de los arts. 101 y 103 del Código de Familia, corresponde señalar que de acuerdo a la E.P. Nº 16747/97 de 12 de agosto de 1997 (fs. 204 a 210), el contenido de dicho medio de prueba describe que Estela Urman Kaman transfiere el derecho de propiedad de un departamento Nº 1002 y su parqueo en favor de Rafael Viscarra Conde, por el monto de $us. 61.000.- en la misma se describe que la vendedora recibe la suma de $us.29.000.- en efectivo cancelado por el comprador y el saldo de $us.32.000.- será cancelado por La Primera, el que concede un préstamo en favor del comprador con destino a la compra del inmueble, en dicho documento no consta que el comprador tuviera la calidad “de conviviente” o casado, tampoco en la misma participa la actora Marcela Gonzales Badani, menos figura que el monto que el comprador otorgó fue con dineros de una comunidad de gananciales o que fuera de procedencia de Marcela Gonzales Badani, por lo que se tiene que la adquisición del predio llega a constituir un bien propio de Rafael Viscarra Conde, conforme al art. 103.1 del Código de Familia, documento referido que tiene la fe probatoria asignada por el art. 1287 del Código Civil