Auto Supremo AS/0906/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0906/2017

Fecha: 29-Ago-2017

Del contexto del reclamo se advierte que el mismo cuestiona la valoración de la prueba

En cuanto al error de hecho en la apreciación de la prueba testifical de descargo en la que hubiera incurrido el Tribunal de Alzada, el recurrente considera haber vulneración del art. 1330 del Código Civil.
Del contexto del reclamo se advierte que el mismo cuestiona la valoración de la prueba testifical realizada por los Jueces de instancia, a cuyo efecto y de la revisión de las mismas se tiene que de fs. 1602 a 1613 de obrados, cursan las deposiciones de los ciudadanos Narcisa Condori Apaza Vda. de Martínez, Macaria Calvimontes Javier, Rosario Marcelina Durán Villalba, Andrés Sobia Puma, Pastor Fernández Gutiérrez, Víctor Calvimontes Serrudo, Jhonny Alegre Casillas, Luz Edith Flores, Jesús Martínez Condori y Juana Condo Gallardo de Fernández, quienes de manera uniforme señalan conocer a sus presentantes y no así a las demandantes, prueba que no resulta ser relevante para la Resolución de la presente causa; toda vez que frente a ella existe prueba, como es la prueba pericial de oficio producida por orden del Juez de la causa, misma que establece el avance de los demandados sobre la propiedad de las demandantes en diferentes áreas y superficies; siendo esta la prueba esencial y determinante que ha llevado a los Jueces de instancia a la convicción de acoger favorablemente la acción negatoria y acción reivindicatoria y declarar probada la demanda principal en cuanto a estas dos pretensiones, misma que fue confirmada por el Auto de Vista; careciendo de fundamento legal lo reclamado en el presente punto