Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0906/2017
Fecha: 29-Ago-2017
Distrito: Chuquisaca
Distrito: Chuquisaca
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Proceso: Mejor derecho propietario, acción negatoria y reivindicación
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Distrito: Chuquisaca
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I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
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Resolución de primera instancia que es apelada por los demandados Zenón Cervantes Vedia, Luis Téllez
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En cuanto a la acción reconvencional de acción negatoria, señala que si bien esta es
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En cuanto a la nulidad de la Escritura Pública Nº 1484/2007 establece que la demandada
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En cuanto a la apelación en el efecto diferido interpuesto por Aníbal Cuellar Echalar,
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II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO
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En la forma
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Acusa violación de los arts
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En el fondo
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1
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4
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5
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Por lo relacionado y al existir infracciones legales, se solicita la nulidad del Auto de
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Zenón Cervantes Vedia, Luis Téllez Escobar, Ernesto Téllez Escobar, Sabino Barja Yucra y Miguel Ortiz
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Por lo expuesto precedentemente interpone recurso de casación en la forma y en el fondo,
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Respuesta al recurso de casación
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Carmen Iglesias Serrudo por sí y en representación de Justa Julieta Iglesias Serrudo y Juana
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En cuanto a la vulneración de los arts
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Respecto a la acusación de violación de los art
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En cuanto a la vulneración del art
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En cuanto al error en la valoración de la prueba testifical y vulneración del art
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Con relación a la vulneración del art
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Respecto del recurso de casación en el fondo interpuesto por Zenón Cervantes Vedia, Luis Téllez
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En merito a lo expuesto y acreditada la inexistencia de violación o indebido juzgamiento pide
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Por otra parte los codemandados Zenón Cervantes Vedia, Luis Téllez Escobas, Ernesto Téllez Escobar, Sabino
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III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
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Actualmente al tratar sobre las nulidades procesales debemos tener en cuenta que no se trata
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En este sentido, Eduardo J
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De dicho antecedente, se infiere que “no hay nulidad sin perjuicio”, en ese sentido la
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En efecto, en el Estado Legislativo de Derecho, para la procedencia de las nulidades de
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En cambio en el Estado Constitucional de Derecho, la procedencia de las nulidades de actos
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Bajo esta concepción, las nulidades de los actos procesales serán procedentes cuando se constate irregularidades,
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En ese orden, estos dos fenómenos, no pueden tener consideración separada por los jueces, en
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Lo contrario, significaría sujetar a la justicia constitucional a toda emergencia suscitada, tanto en procedimientos
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III.2.- De la motivación de las resoluciones
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Al efecto podemos citar el A
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III.3.- Con relación al mejor derecho propietario
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“Al respecto también debemos referir que la interpretación del art
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III.4.- De la acción reivindicatoria
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El Auto Supremo Nº 60/2014 de 11 de marzo de 2014, respecto del art
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Conforme lo señalado podemos advertir que el art
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La doctrina orienta que tres son los supuestos para la acción reivindicatoria: a) que el
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Sobre el tema el A
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Es decir que, la legitimación en la causa es un elemento esencial de la acción
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Así también, pertinente aclarar sobre la falta de “derecho”, si bien el mundo litigante generalmente
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IV. DE LOS FUNDAMENTOS DE LA RESULUCIÓN
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En cuanto a la violación de los arts
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Del análisis del reclamo se tiene que el mismo cuestiona que el Auto de Vista
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Con relación a que la Resolución carecería de motivación y fundamentación de la revisión de
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En cuanto a la acción reconvencional de acción Negatoria – Negatoria servitutis – si bien
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Messineo señala: El propietario tiende a desconocer (negar) el derecho real ajeno sobre la cosa,
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Advirtiendo este Tribunal, que en la emisión de la sentencia impugnada existir la debida fundamentación
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Que, en cuanto al derecho de los apelantes, el Juzgador no desestimó el derecho propietario
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En cuanto a la nulidad de la Escritura Públicas Nº 1484/2007 la demandada María Corina
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De lo transcrito precedentemente se tiene que la Resolución emitida por el Tribunal de Alzada
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Del contexto del reclamo se advierte que el mismo acusa omisión en el pronunciamiento de
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En el caso que nos ocupa no solo debemos considerar lo establecido en el art
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Con respecto al reclamos sobre vulneración del art
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En ese antecedente es que el Juez de la causa declaró probada la pretensión
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Del contexto del reclamo se advierte que el mismo cuestiona la valoración de la prueba
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Por otra parte en el mismo punto el recurrente señala habría vulneración del 1453
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Al respecto debemos señalar lo explanado en el punto III
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En caso que nos ocupa, siendo una de las pretensiones de la demandante Juana
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Respecto de la violación de los arts
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Del entendimiento del reclamo acusado en este punto, se tiene que en el mismo cuestiona
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Al respecto corresponde señalar lo establecido en el punto III
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Con relación a la errónea valoración de la prueba pericial y vulneración del art
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Por otra parte debemos considerar el recurso de casación interpuesto por los co demandados; Zenón
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En consideración al presente reclamo se advierte que los recurrentes alegan no haber sido absueltos
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Si bien el Tribunal de Alzada no se ha pronunciado sobre el mejor derecho propietario,
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Por lo manifestado corresponde resolver el recurso de casación en la forma prevista por el
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
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