Auto Supremo AS/1183/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1183/2018

Fecha: 03-Dic-2018

En cuanto a la citación por edictos a los posibles herederos en el caso de

B. En la forma.
En cuanto a la citación por edictos a los posibles herederos en el caso de la demanda reconvencional, señala que el antiguo Código Procesal Civil, con el que se tramitó el proceso, el art. 124.II establecía que se procederá a la citación por edictos cuando la demanda estuviere dirigida contra personas desconocidas, y en el presente caso tanto en la demanda como en la reconvención las partes están claramente identificadas. Añade que la jurisprudencia citada no es aplicable al caso, puesto que la demanda de usucapión está dirigida a los demandantes y no así a presuntos propietarios, como es el caso de la jurisprudencia transcrita