Auto Supremo AS/0072/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0072/2018-RRC

Fecha: 23-Feb-2018

De lo descrito precedentemente se tiene que el Tribunal de alzada realiza nuevamente pronunciamientos que


Referente a este aspecto el Tribunal de alzada concluyó, que no existe una valoración defectuosa de la prueba siendo que las pruebas testificales en juicio han sido valoradas conforme a lo establecido por la norma, siendo que no se puede tomar como un hecho no existente la declaración de un testigo; puesto que, no es requisito indispensable que el mismo haya tenido presencia en el acontecimiento del ilícito siendo así que el identikit levantado es reconocido por los testigos que presenciaron la salida de las víctimas de su domicilio y las personas que los acompañaban dentro el vehículo el día que aconteció el secuestro, de la misma manera no se alegó por la parte apelante que derechos y garantías constitucionales se vulneraron con esta observación.

De lo descrito precedentemente se tiene que el Tribunal de alzada realiza nuevamente pronunciamientos que no son debidos, determinándose ausencia de fundamentación, pues el Tribunal de Alzada si bien refiere sobre el aspecto impugnado respecto a la falta de fundamentación de la prueba testifical, no motiva cuáles las razones por las cuales llega a esta conclusión de manera objetiva y concreta, no precisa las pruebas testificales tomadas en cuenta por el Tribunal a quo, para fundamentar su resolución, tampoco precisa concretamente y de manera clara sobre la participación de los testigos con relación al identikit, lo cual causa confusión a la recurrente; aspecto que, genera un estado de incertidumbre e indeterminación que vulnera el debido proceso, el deber de fundamentación en violación de lo establecido en los artículos 124 del Código de Procedimiento Penal, por lo que el presente motivo es debidamente fundado