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    Auto Supremo AS/0116/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0116/2018

    Fecha: 26-Abr-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Expediente: SC-CA.SAII-LP 363/2017
    • Luego de una relación de las normas en que se sustenta la procedencia del recurso
    • Bajo esta relación de antecedentes, el auto de vista refiere en el numeral 7 del
    • Es así que de este fundamento que esgrime el tribunal de alzada, no ha considerado
    • III. - Fundamentos jurídicos del fallo
    • Que así expuestos los fundamentos del recurso de casación, de fs
    • Posteriormente, el demandado, mediante memorial de fecha 24 de septiembre de 2014, cursante a fs
    • Seguidamente, mediante Resolución Nº 347/2014 de 31 de diciembre de 2014, cursante de fs
    • Por último, mediante memorial de fs
    • La Ley 025, del Órgano Judicial, en su artículo 16
    • En consecuencia, en las actuaciones procesales, se pudo constatar que todos los actuados, fueron notificados
    • Al respecto, la actora a tiempo de interponer su demanda, señala que ingresó a trabajar
    • Como se podrá advertir, a la actora supuestamente se la despidió por haber enmarcado su
    • Por otra parte, en relación a que la actora era personal ejecutivo, de confianza y
    • En cuanto al pago de sueldos devengados, cabe aclarar que su cancelación, se encuentra supeditada
    • Por su parte, el art
    • Así, el art
    • En este sentido, la jurisprudencia refleja que el actor, aun sea de confianza, ejecutiva y
    • 2
    • 3
    • Por consiguiente, la falta de firma de algún funcionario subalterno del juzgado, no perjudica el
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
    • Con costas
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez

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