Auto Supremo AS/0116/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0116/2018

Fecha: 26-Abr-2018

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Por consiguiente, la demandante, goza de protección legal, aunque se trate de personal ejecutivo, por lo que no correspondía el despido intempestivo, sin causa justificada.
2.En lo que respecta a la pérdida de competencia de la juez de primera instancia, por haber emitido la sentencia fuera del término legal, se puede mencionar que el Código Procesal del Trabajo en su artículo 80 dice: “Para el efectivo cómputo de los plazos de dictación de las resoluciones antedichas, el Secretario entregará el expediente al Juez, inscribiendo nota expresa del día y hora en que lo hace”. Como se pudo evidenciar en el expediente, no existe la nota que demuestre la hora y fecha de ingreso del expediente a Despacho para sentencia, situación que el ahora recurrente nunca hizo conocer, reclamó ni presentó recurso alguno por este motivo