Auto Supremo AS/0325/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0325/2018-RRC

Fecha: 15-May-2018

En cuanto al segundo motivo de apelación restringida, por el cual hubiera acusado la falta


En cuanto al segundo motivo de apelación restringida, por el cual hubiera acusado la falta de fundamentación jurídica e imposición del quantum de la pena expresada en el acápite VI de la Sentencia y VII respecto a la personalidad de la imputada; alega que el Juez de Sentencia omitió realizar la fundamentación jurídica, teleológica de normas concernientes a la fundamentación jurídica y la imposición de la pena, por lo que en este aspecto también se habría vulnerado el art. 124 del CPP, relacionado con el debido proceso en su vertiente de fundamentación según lo previsto por los arts. 115, 116, 117 y 119 de la CPE, al haberse omitido realizar la subsunción de sus actos a los elementos constitutivos del tipo penal de Despojo; puesto que, en el caso de autos no se juzgaría la posesión civil sino la física, bajo dicho entendimiento la Sentencia no contendría una debida fundamentación y motivación del conjunto de elementos de prueba, lo mismo ocurriría en cuanto a la imposición de la pena en la que luego de afirmar que la acusada no tiene grado de instrucción, señalaría que actuó con pleno conocimiento de las acciones realizadas y sus consecuencias jurídicas, asumiendo un riesgo no permitido y penalmente relevante, con premeditación y alevosía. Aspectos que, no hubieran sido demostrados y tampoco mencionados en la querella ni conclusiones asumidas en la Sentencia, por lo que la pena tendría como base argumentos incongruentes; asimismo, solo se habría hecho mención de los arts. 37, 38 y 40 del CP sin desglosar los mismos a fin de realizar una correcta fundamentación jurídica de la pena, por lo que concluye señalando que su pretensión es la correcta aplicación de los arts. 124 del CPP y 37, 38, 39 y 40 del CP, con base a lineamientos lógicos, congruentes y debidamente fundamentados por el juzgador