Acusaron infracción al art
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN Y SU RESPUESTA
En la forma
Acusaron infracción al art. 265 del Código Procesal Civil, aludiendo que en apelación expusieron que en Sentencia el Juez inobservó lo establecido por el art. 171 del Código Civil, efectuando una errónea interpretación y aplicación del art. 1241 del mismo sustantivo de la materia, sin embargo el Auto de Vista indicó que el art. 1241 del Código Civil no fue discutido, por ser la consecuencia del art. 171 del mismo Código, conclusión sesgada, toda vez que al contestar la demanda solicitaron que se consolide el 33,33% de los derechos y acciones que tienen los demandantes sobre los bienes inmuebles objeto de litis, aspecto que también fue objeto del proceso tal cual se advierte de fs. 356 al establecer los antecedentes del mismo, extremo que fue reclamado en apelación, empero señalan que el Tribunal de alzada no honró el principio de congruencia impuesto por el art. 265 del Código Procesal Civil
En la forma
Acusaron infracción al art. 265 del Código Procesal Civil, aludiendo que en apelación expusieron que en Sentencia el Juez inobservó lo establecido por el art. 171 del Código Civil, efectuando una errónea interpretación y aplicación del art. 1241 del mismo sustantivo de la materia, sin embargo el Auto de Vista indicó que el art. 1241 del Código Civil no fue discutido, por ser la consecuencia del art. 171 del mismo Código, conclusión sesgada, toda vez que al contestar la demanda solicitaron que se consolide el 33,33% de los derechos y acciones que tienen los demandantes sobre los bienes inmuebles objeto de litis, aspecto que también fue objeto del proceso tal cual se advierte de fs. 356 al establecer los antecedentes del mismo, extremo que fue reclamado en apelación, empero señalan que el Tribunal de alzada no honró el principio de congruencia impuesto por el art. 265 del Código Procesal Civil
- Partes: Miguel Ángel Martínez Barrancos y otro c/ Dámaso Martínez Márquez y otra
- Distrito: Chuquisaca
- CONSIDERANDO I
- Resolución que fue apelada por los demandados, en mérito a ese antecedente se emitió el
- Indica también que el Juez realizó la valoración de los fundamentos de la demanda y
- CONSIDERANDO II
- Acusaron infracción al art
- Manifestaron inobservancia del art
- Indicaron que los demandantes a tiempo de aclarar y pedir la admisión de su demanda,
- Ante el reconocimiento expreso por los demandantes exponen que en su contestación a la demanda
- Mencionaron el art
- Indicaron que se debió aplicar los criterios contenidos en el art
- Mencionan que el Tribunal de apelación tiene toda la razón para sostener que el objeto
- Solo en apelación quisieron sostener que se mantenga el estado de indivisión, que en el
- El Tribunal claramente señala que no corresponde la aplicación de los arts
- Manifestaron que el recurso de casación no cumplió con los arts
- Mencionan el art
- Exponieron que nunca existió el propósito de consolidar en su favor los inmuebles pagándonos lo
- CONSIDERANDO III
- El Art
- En aplicación de estas normas, en el caso concreto, conforme al informe técnico del Gobierno
- Las previsiones contenidas en el citado art
- Previamente a resolver los reclamos del recurso de casación, se debe aclarar que a efectos
- En el caso concreto, los actores pretenden la división de dos inmuebles, el primero ubicado
- 2
- Por lo expuesto corresponde señalar que los demandados al contestar la demanda de fs
- Corresponde señalar que el recurso fue admitido, asumiendo un criterio de flexibilidad en cuanto a
- En el fondo
- Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
