Auto Supremo AS/0346/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0346/2018

Fecha: 07-May-2018

CONSIDERANDO I

VISTOS: El recurso de casación de fs. 389 a 392 vta., formulado por Dámaso Martínez Márquez y Teresa Barrancos Flores de Martínez contra el Auto de Vista SCCF II Nº 50/2017 de 30 de enero que cursa de fs. 383 a 384 vta., pronunciado por Sala Civil, Comercial, Familiar y de la Niñez y Adolescencia Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, en el proceso de división y partición de bienes seguido por Miguel Ángel Martínez Barrancos y otro contra los recurrentes, la concesión de fs. 401, el Auto Supremo de Admisión de fs. 407 a 408 y todo lo inherente:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
Tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia N° 129/2016 de 14 de octubre, cursante a fs. 355 a 363, que declaró PROBADA la demanda, de fs. 29 a 32 vta., aclarada de fs. 44 y 47 y vta., con costas y costos asumiendo lo siguiente; 1. Se declara Con lugar a la división y partición de los siguientes bienes inmuebles: a) inmueble ubicado en la calle Cobija Nº 25 y 29, antes 14, manzano 14, lote 23, de 66.43 m2 de terreno y una construcción de 245,78 m2: b) Inmueble ubicado en la Calle Daniel Campos S/N esq. Calle Domingo L. Ramírez, con una superficie de terreno de 230 m2, y una construcción de 140 m2. 2.- Tal división corresponde efectuarse entre: Miguel Ángel Martínez Barrancos y Alcides Martínez Barrancos a quienes corresponde un tercio de cada inmueble; y Dámaso Martínez Márquez y Teresa Barrancos Flores de Martínez también en un tercio, pero individualmente. 3.- En razón a la superficie de cada inmueble y en número de copropietarios, deberá procederse conforme determina el art. 170 del Código Civil