Auto Supremo AS/0346/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0346/2018

Fecha: 07-May-2018

Indicaron que se debió aplicar los criterios contenidos en el art

Indicaron que se debió aplicar los criterios contenidos en el art. 1241 del Código Civil en el orden y prelación que se encuentra el demandado con el 33,33% de los derechos y acciones que cuentan y el 66.66% los derechos y acciones sobre los dos inmuebles, si la parte demandante no peticionó dicha aplicación, era deber del Juez y Tribunal de alzada aplicar lo dispuesto por el art. 1241 del Código Civil, disponiendo que los bienes inmuebles queden en una sola propiedad, otorgando la misma a los copropietarios que tengan la cuota mayor (demandados), indicaron que pagarían el valor de los 33,33% de las acciones y derechos a los copropietarios (demandantes) previa valuación pericial, deducen error al disponer directamente la venta judicial de los bienes indivisos, que no fue advertido por el A quo ni por el Ad quem a tiempo de resolver el recurso de apelación