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    Auto Supremo AS/0351/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0351/2018

    Fecha: 07-May-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Proceso: Revisión de resolución de tercería de derecho Excluyente
    • Distrito: La Paz
    • VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Deisy Quisbert Flores de fs
    • El Juez Décimo Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial de La Paz, pronunció
    • Deisy Quisbert Flores, recurre de casación en el fondo contra el Auto de Vista, en
    • II.1.2. De la extraterritorialidad de la ley
    • Manifiesta que el Tribunal de Alzada, pretende aplicar el D
    • II.1.4. De la inobservancia de la jerarquía normativa
    • II.1.5. De la inobservancia del artículo 101 del Código de Familia
    • Citando al art
    • II.1.6. Petitorio
    • II.2. LA RESPUESTA AL RECURSO DE CASACIÓN EN EL FONDO
    • II.2.1. De la supuesta aplicación incorrecta de la norma
    • II.2.2. De la extraterritorialidad de la ley
    • Refiere, que haciendo la transcripción genérica de una página web de los antecedentes históricos del
    • Que del examen de los artículos 3, 7 y 8 del citado Código, para ejercer
    • II.2.4. De la supuesta inobservancia de la jerarquía normativa
    • Manifiesta que el Auto de Vista, no transgredió preceptos constitucionales respecto a la jerarquía normativa,
    • II.2.5. De la supuesta inobservancia del artículo 101 del Código de Familia
    • II.2.4. Petitorio
    • Concluye solicitando se declare infundado el recurso interpuesto contra el Auto de Vista
    • CONSIDERANDO III
    • El artículo 63 de la Constitución Política del Estado, refiere que “el matrimonio entre una
    • El artículo 11 del Tratado de Derecho Civil Internacional (Tratado de Montevideo de 12 de
    • III.2. De los efectos patrimoniales del matrimonio celebrado en el extranjero
    • El Dr
    • CONSIDERANDO IV
    • Ingresando al análisis, el artículo 58 de la Ley del Registro Civil refiere, que “El
    • IV
    • Asimismo, refiere que el Tribunal de alzada hizo una incorrecta apreciación de los datos del
    • Por último, manifiesta que la resolución de alzada contraviene los artículos 13
    • El art
    • El Código de Derecho Internacional Privado "Bustamante", fue aprobado por la Ley de 20 de
    • En el caso presente, cuando el Tribunal de apelación manifestó que “no se pretende el
    • Por los fundamentos expuestos corresponde emitir resolución en la forma prevista en el art
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizú.

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