Auto Supremo AS/0351/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0351/2018

Fecha: 07-May-2018

II.1.5. De la inobservancia del artículo 101 del Código de Familia

Arguye que la resolución de alzada, contraviene los arts. 13.IV, 256.I y 410 de la CPE, restando valor a las normas que devienen de Tratados y Convenios Internacionales, como es el caso del Código Bustamante, sobre el cual nuestro país no habría presentado reserva respecto de la constitución del matrimonio y sus efectos.
II.1.5. De la inobservancia del artículo 101 del Código de Familia