Auto Supremo AS/0351/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0351/2018

Fecha: 07-May-2018

El art

El art. 410.II de la CPE, estructuró el marco de fuentes normativas que sustenta nuestro ordenamiento jurídico, estableciendo en la cúspide normativa a la CPE, seguida de los Tratados internacionales referentes a Derechos Humanos con aplicación preferente sobre el resto del ordenamiento subconstitucional siempre y en cuanto reconozcan derechos y prohíban su limitación en estados de excepción y en relación con la misma CPE, si declaran derechos más favorables a los contenidos en esta; para efectos de la validez interna de los Tratados y Convenciones, el constituyente diseñó el Bloque de Constitucionalidad, integrando los tratados y convenios internacionales en materia de Derechos Humanos y las normas de Derecho Comunitario ratificados por el país, convirtiéndose estos en parámetros para cualquier juicio de constitucionalidad del ordenamiento jurídico