Auto Supremo AS/0403/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0403/2018-RRC

Fecha: 11-Jun-2018

El Tribunal de alzada respecto a la primera parte de la problemática planteada en casación


Tomando en cuenta, que ambos precedentes contienen hechos generadores similares y en particular este último es pronunciado dentro del caso de autos, corresponde bajo este preámbulo verificar si el Tribunal de alzada contradijo los precedentes invocados, respecto a que si la defectuosa valoración de la prueba no causa perjuicio, no puede hablarse de nulidad, menos de una reposición de juicio; en consecuencia, del análisis del Auto de Vista impugnado, refiere lo siguiente:

El Tribunal de alzada respecto a la primera parte de la problemática planteada en casación referente a que con la finalidad de anular la Sentencia se alegó que no se habría valorado de manera correcta la escritura pública de constitución de sociedad comercial OSMAN SRL, dichos aspectos se encuentran en las últimas partes de los puntos 3.4 y 4 del Auto de Vista impugnado, como a continuación se describe:

En el punto 3.4. última parte del Auto de Vista impugnado, refiere con relación a este fundamento es necesario tomar en cuenta, que efectivamente se ha presentado la prueba literal referente a la Escritura Pública 317/2012 de 17 de abril, constitución de sociedad de responsabilidad limitada entre el imputado con el querellante para la importación y comercialización de productos energizantes, a este documento no se le da el valor que corresponde, relacionado con los delitos de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza