Auto Supremo AS/0423/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0423/2018-RRC

Fecha: 13-Jun-2018

Con relación al rechazo del incidente de nulidad de obrados, respecto de la apelación restringida


Con relación al rechazo del incidente de nulidad de obrados, respecto de la apelación restringida interpuesta por Ninoska Jhovanka Toro Espada; señala que de la misma forma, el Juez obró de la manera correcta al rechazar dicho incidente porque no se constató la vulneración de su derecho al debido proceso por parte de la autoridad inferior, tampoco se tiene demostrado que se le hubiese violentado algún derecho o garantía constitucional procedimental a la acusada que merezca anular las actuaciones procesales en el juicio oral, tomando en cuenta además que en la tramitación del presente juicio oral de ninguna manera se buscaba conseguir o penalizar el cumplimiento del obligaciones contractuales conforme erróneamente lo manifiesta la imputada, sino que por el contrario de conformidad con el art. 329 del CPP, el presente juicio oral al ser la fase esencial del proceso tenía como una finalidad la comprobación del delito acusado y la responsabilidad de la acusada con relación al mismo, con plenitud de jurisdicción, habiéndose respetado en todo momento los derechos y garantías de las partes y de ninguna manera se nota ninguna vulneración constitucional o procesal establecida en el art. 169 inc. 3) del CPP; más aún si se toma en cuenta que en la resolución del rechazo de la excepción de incompetencia en razón de la materia, se había dejado claramente establecido y fundamentado que el Juez inferior era el competente para seguir el presente proceso correspondía a la jurisdicción civil, además que la resolución recurrida contiene la debida fundamentación conforme lo previsto por el art. 124 del CP, correspondiendo en consecuencia confirmar el Auto apelado de 1 de septiembre de 2014