Auto Supremo AS/0549/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0549/2018-RRC

Fecha: 16-Jul-2018

Al respecto, de la lectura del recurso de apelación restringida interpuesto por la víctima, se


Al respecto, de la lectura del recurso de apelación restringida interpuesto por la víctima, se tiene que la misma reclamó dos circunstancias: 1) Que, el Tribunal de Sentencia actuó en inobservancia de lo previsto por los arts. 160 e inc. 3) del 76, todos de la norma referida e incurrió en defecto absoluto conforme lo dispuesto por el art. 169 inc. 3) del CPP, por vulneración de su derecho al debido proceso y la defensa, al no haberle notificado con el acuerdo para la aplicación de procedimiento abreviado y con el señalamiento de audiencia para efectivizar la misma, generándole como agravio, el no poder oponerse a la referida salida alternativa al juicio oral, público y contradictorio; oposición que a decir de la propia apelante, tendría fundamento en el quantum de la pena acordada entre la imputada y el Ministerio Público, y que hubiese sido acogida por el Tribunal de Sentencia, quien condenó a la acusada a la pena de tres años de reclusión, sin considerar que la referida sanción fue modificada por el art. 34 de la ley 004, disponiendo un mínimo de cinco años de privación de libertad; y, 2) Que, el Tribunal de mérito incurrió en el defecto de sentencia previsto por el inc. 1) del art. 370 del CPP, al haber impuesto a la acusada la pena de tres años de reclusión, por la comisión del delito de Peculado, sin considerar que el referido ilícito, con la modificación sufrida por el art. 34 de la ley 004, prevería una sanción mínima de cinco años