Auto Supremo AS/0743/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0743/2018

Fecha: 27-Jul-2018

Con relación a la errónea valoración de la prueba denunciada por los recurrentes, estos no

RESPUESTA DEL RECURSO DE CASACIÓN
Les demandados contestan el recurso de casación refiriendo la improcedencia del mismo por acusar error de derecho en la apreciación de la prueba. El error de derecho radica cuando se ha otorgado a una prueba el valor probatorio diferente al establecido por Ley y el error de hecho es la equivocación en la materialidad de la prueba.
Sobre la indivisión del bien inmueble, manifestaron que si en el Auto que fijó los puntos de hecho a probar no se incorporó este hecho, por qué no lo objetaron oportunamente, además en el proceso no han acreditado ninguno de los presupuestos que permitan la indivisión del mismo.
Por otro lado no existe ningún negocio comercial propio del premuerto, lo que existe y han sido reconocidos por los actores son diversos locales comerciales cedidos en arrendamiento (cinco tiendas comerciales), que inexcusablemente le corresponden a todos los herederos forzosos y no exclusivamente a la esposa supérstite y a otros cuantos herederos. Tampoco existe un inmueble y mobiliario usados exclusivamente como vivienda por los esposos al morir el de cujus.
Con relación a la errónea valoración de la prueba denunciada por los recurrentes, estos no mencionan prueba alguna a la que se hubiese dado una eficacia contraria a la Ley