Auto Supremo AS/0783/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0783/2018-RRC

Fecha: 30-Ago-2018

En el caso concreto, el recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado: 1) No


Con relación a la insuficiente fundamentación fáctica, probatoria, intelectiva y jurídica de la Sentencia en cuanto a la imposición de la pena, inobservando el art. 124 del CPP, incurriendo en el defecto de la Sentencia previsto por el art. 370 inc. 5) del CPP, además de constituir defecto absoluto previsto en el art. 169 inc. 3) del mismo adjetivo penal; el Ad quem señala que, sobre esta temática el apelante ya expuso argumentos similares en el punto 2.2, siendo los fundamentos similares a los ya respondidos anteriormente, argumentos respecto de los cuales el Tribunal de apelación se ratificó, advirtiendo que al ser reiterativos los fundamentos del apelante, existiría una inobservancia del art. 408 del CPP.

III. VERIFICACIÓN DE LA DENUNCIA DE VULNERACIÓN DE DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES Y DE LA EXISTENCIA DE CONTRADICCIÓN CON LOS PRECEDENTES INVOCADOS

En el caso concreto, el recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado: 1) No contiene una debida fundamentación con relación a todos los motivos planteados en su recurso de apelación restringida, vulnerándose el debido proceso y su derecho a la defensa; 2) Convalidó la errónea aplicación de la ley sustantiva en cuanto a la subsunción del hecho al tipo penal contenido en el art. 250 del CP, inobservando la doctrina legal aplicable; 3) Convalidó una Sentencia insuficientemente fundamentada con relación a la aplicación de las reglas de la sana crítica para la valoración de la prueba; y, 4) Convalidó la Sentencia insuficientemente fundamentada en lo referente a la imposición de la pena, denunciando la vulneración al debido proceso, la seguridad jurídica, el principio de legalidad y el derecho a la debida motivación de las resoluciones