Auto Supremo AS/0866/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0866/2019-RRC

Fecha: 01-Oct-2019

La recurrente denunció que luego de haberse ejecutoriado la Sentencia y haberse sancionado la responsabilidad


La recurrente denunció que luego de haberse ejecutoriado la Sentencia y haberse sancionado la responsabilidad civil, apelada que fue la misma, se pronunció el Auto de Vista de 20 de octubre de 2017, que fue anulado por el Tribunal Supremo de Justicia porque utilizó leyes que no eran aplicables al caso, en cuyo mérito el Tribunal de apelación pronunció nuevo Auto de Vista de 22 de marzo de 2019, que incurrió en los mismos errores de hecho y de derecho del anterior, con violación de normas sustantivas porque no se consideró los daños, perjuicios y lucro cesante en su real dimensión, se consideró lo que representa un ultraje porque tuvo que peregrinar más de veinte años buscando justicia. El Auto de vista recurrido en sus acápites III.2.3, III.2.4, III.2.4 (repetido) y III.2.5, incurrió en errores de hecho y de derecho y en una incorrecta valoración del daño civil emergente de la comisión de delitos dolosos, por lo que plantea el recurso casación en base a los siguientes fundamentos:

El acápite III.2.3., del Auto de Vista estableció que correspondía calcular la responsabilidad de acuerdo al reclamo efectuado de su parte, teniendo presente el art. 994 del Código Civil (CC); sin embargo, no aplicó ninguna de ellas, pues confirmó la Sentencia valorando solamente el daño civil por la Estafa, cuando debía tomarse en cuenta la disminución auténtica y verídica de su patrimonio, ponderando al efecto si el patrimonio que tenía a tiempo de cometerse el delito se mantiene incólume o ha sido disminuido