Auto Supremo AS/0866/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0866/2019-RRC

Fecha: 01-Oct-2019

Por otra parte, el CC en su art


Por otra parte, el CC en su art. 984, se refiere al resarcimiento por hecho ilícito, señalando que quien, con un hecho doloso o culposo, ocasiona a alguien un daño injusto, queda obligado al resarcimiento; en coherencia con esta disposición el art. 994 del mismo cuerpo legal se refiere al resarcimiento, señalando que el perjudicado puede pedir, cuando sea posible, el resarcimiento del daño en especie. En caso diverso el resarcimiento debe valorarse apreciando tanto la pérdida sufrida por la víctima como la falta de ganancia en cuanto sean consecuencia directa del hecho dañoso