Auto Supremo AS/1207/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1207/2019

Fecha: 26-Nov-2019

Se regula honorarios profesionales para el abogado que responde al recurso, en la suma de

Por consiguiente, corresponde dictar resolución conforme manda el art. 220.II del Código Procesal Civil.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I núm. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 220.II del Código Procesal Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 797 a 806 vta., interpuesto por Guillermina Condori Miranda contra el Auto de Vista Nº 210/2019 de 30 de agosto de fs. 780 a 792 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, con costas y costos.
Se regula honorarios profesionales para el abogado que responde al recurso, en la suma de Bs. 1000