Auto Supremo AS/0049/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0049/2019

Fecha: 14-Mar-2019

En el caso de análisis, del examen del proceso se observa que los actores demandaron

En el caso de análisis, del examen del proceso se observa que los actores demandaron el pago de reliquidación de beneficios sociales, inherente a la relación laboral que concluyó en 1996 a 1998, conforme se establece de los antecedentes y la demanda de fs. 211 a 220 y vta., aclarada a fs, 225 a 226, 229, 235, 243, 248, 254, 260 y vta. 266 y vta., modificada a fs. 380 y vta. y complementada a fs. 383, 391 y vta., 394 y vta., a dicha pretensión la parte demandada opuso excepción perentoria de prescripción y pago conforme se advierte de  fs. 564 a 565 vta.; bajo tales antecedentes, los juzgadores de instancia establecieron que los demandantes dejaron de trabajar entre otros desde 1996 a 1998, por consiguiente tenían desde ese momento el derecho a exigir el cumplimiento de sus derechos laborales por dos años conforme dispone el art. 120 de la Ley General del Trabajo, y siendo que la demanda fue presentada y retirada en 2009 y la que es objeto de estudio fue interpuesta recién el 16 de mayo de 2014, es decir después de más de dieciseis años de haber nacido tales derechos, hace extemporánea su presentación por cuanto operó la prescripción extintiva antes anotada, razonamiento con el cual este Tribunal guarda plena concordancia