Finalmente, sobre el defecto previsto en el art. 370 inc. 6) del CPP, señaló
…si se analiza el fallo apelado, se advierte que todos los fundamentos y conclusiones a las que arriba el tribunal a-quo están en estrecha armonía con dichos hechos, por lo que la fundamentación efectuada es razonable, suficiente, clara, completa, legítima y lógica, habida cuenta que exponer otros aspectos no invocados, no discutidos y menos probados tornaría la resolución de ultra o extra petita.”
Finalmente, sobre el defecto previsto en el art. 370 inc. 6) del CPP, señaló:
“…cuando la norma…invocada habla de hechos inexistente no se refiere a los actos investigativos que debieron llevarse adelante en la investigación preliminar, en su caso en etapa preparatoria, sino a aquellos hechos que tienen estrecha relación con la acusación y a sentencia…por lo que el apelante en este apartado hace invocaciones que no condicen con la norma legal invocada por el mismo
…precisamente en el apartado III…se efectúa la valoración de la prueba consistente en certificado del médico del hospital de Sanbuenaventura…Dr. Jaime Juanes Herrera, así consta en la conclusión segunda…en la que se exponen los pormenores de dicho certificado médico forense del Dr. Walter Bautista, habida cuenta que si bien se consigna primero el contenido de dichos certificados, seguidamente se efectúa la valoración de los mismos…inclusive hasta fojas 952
- Por memorial presentado el 22 de mayo de 2018, de fs
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida, fs
- I
- Solicita se declare fundado su recurso y se deje sin efecto el Auto de Vista
- “…en mérito a la prueba testifical realizada en juicio oral por la menor en aplicación
- Errónea aplicación de la Ley sustantiva con relación al art
- Inexistencia de fundamentación en la sentencia, pues el Tribunal de Sentencia simplemente hizo mención a
- El Tribunal Departamental de Justicia de La Paz a través de su Sala Penal Tercera,
- Le mentado Fallo, sobre el defecto inscrito en el art
- Finalmente, sobre el defecto previsto en el art. 370 inc. 6) del CPP, señaló
- En el marco de los criterios emitidos en el Auto Supremo 701/2018-RA de 17 de
- A fin de contextualizar el presente motivo, primero es conveniente definir la forma procesal en
- De inicio debe tenerse presente que, el recurso de casación, nace en la previsión de
- En efecto, tal como fue reseñado en el apartado III
- La descripción que precede resulta medular a los fines del presente motivo, por cuanto todo
- Se acusa la falta de fundamentación del Auto de Vista, denunciando que no se realizó
- “…conforme ha establecido la amplia doctrina emanada por el Máximo Tribunal de Justicia, los Tribunales
- De inicio enfatizar que en la labor de los Tribunales de alzada, por el principio
- La Sala considera que, el Tribunal de apelación declaró la improcedencia de ese motivo de
- Una argumentación precisa, en fase de recursos, no constituye de manera alguna el simplismo de
- En el proceso penal, se prueba la existencia o no de una conducta que reporte
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- FDO
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque
